jueves, 12 de enero de 2017

Más sobre Cuba ( I V )


Terminábamos nuestro anterior artículo comentando las cínicas críticas que los comunistas hacen sobre la pena de muerte en los EE.UU. Así, dicen que “la silla eléctrica o la inyección letal mata tantos seres humanos, especialmente negros, incluidos adolescentes”.


EE.UU. es uno de los pocos países occidentales en donde existe la pena de muerte (en algunos estados de la Unión está abolida). Sin embargo en todos los países comunistas, y en los islámicos, a los que esta gente comunista defiende, está legislada y, por tanto, se aplica. En estos países no se emplea la silla eléctrica ni la inyección letal (que termina con la vida del reo en pocos minutos), sino las más crueles formas, que van desde la lapidación, fusilamientos, envenenamientos, ahorcamientos, etc, aparte de la ley del Talión. Suponemos que los condenados a muerte serán por los mismos motivos que en China, donde “la gigantesca redada en China contra la represión del delito que ya dura catorce meses y se ha cobrado miles de fusilamientos” (“La Nueva España”, 27 de junio de 2.007).

En la misma crónica de ese día, se dice también:

“Habitualmente en China las vísperas de cada fiesta importante son marcadas por un refuerzo sustancial de las medidas de seguridad y un aumento claro de las condenas a muerte y de las ejecuciones”.

AI (Amnistía Internacional) publicó en marzo de 1.998 un extenso informe intitulado “China 1.997, ningún motivo para conglatularse”, en el que se documenta la detención 200.000 críticos y opositores al gobierno, la celebración de juicios gravemente injustos, así como la comisión de torturas en multitud de celdas policiales, prisiones y campos de trabajo de este país. 

Este mismo informe denuncia el uso creciente de la pena de muerte, especialmente para delitos no violentos, como el fraude, la falsificación o la venta de productos de maña calidad. Por otra parte, según el Registro de Muerte en China en 1.996 – último año del que se tienen datos completos – fueron ejecutadas 4.367 personas, lo cual resulta espeluznante, dado que durante ese año se realizaron un total de 5.139 ejecuciones en todo el mundo. Estos datos han sido dados a conocer por AI en octubre de 1.997 (“La Nueva España”, 17 de abril de 1.998).

“China recibió ayer a la secretaria de Estado norteamericana Madaleine Albright, con la divulgación de la noticia de la ejecución de diez separatistas uigures de la provincia noroccidental de Xinjiang, entre el 27 y 29 de enero pasados”. (“La Nueva España”, 2 de marzo de 1.999).

“Ejecuciones masivas en China dentro de una amplia campaña contra la delincuencia. En Pekín han sido ejecutados numerosos delincuentes en los últimos días, según informa del Diario de Pekín. La mayoría de ellos eran reincidentes en delitos de asalto y robo, violación y asesinato”. (ABC, 16 de enero de 1.993).

¿Y qué dicen los fámulos del comunismo sobre la pena de muerte en Cuba, el “modelo referencial”? Pues nada. Hay que recordarles que en abril de 2.003 fueron ejecutados Lorenzo Enrique Copello Castillo, Bárbaro Leodán Sevilla y Jorge Luis Martínez Isaac por “graves delitos de terrorismo”.

En los países comunistas, y en los islámicos, no tiene en cuenta el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, y que fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1.989. En este pacto se dice, entre otras cosas:

"Considerando que la abolición de la pena de muerte contribuye a elevar la dignidad humana y desarrollar progresivamente los derechos humanos, (...) y "Convencidos de que todas las medidas de abolición de la pena de muerte deberían ser consideradas un adelanto en el goce del derecho a la vida, (...)"

En fin, a pesar de todo lo visto en este artículo y en los anteriores, el 1 de enero de 2.017, luctuosa efeméride castrista, el régimen saldrá a la calle sacando pecho para destacar los “logros” de la revolución.


Continuará.


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