Como decíamos en nuestro anterior artículo, es éste nos vamos a hacer una serie de preguntas que, por lo que hemos leído a lo largo de nuestra vida, parece que no tienen unas respuestas adecuadas, sino todo lo contrario: confusas, diferentes y hasta contradictorias.
Como ya se sabe, existe una diferencia entre homicidio
y asesinato. Según el Diccionario de los “inmortales” la RAE, homicidio es la “muerte
causada a una persona por otra”. O también: “delito consistente en matar
a alguien sin que concurran las circunstancias de alevosía, precio o
ensañamiento”.
El asesinato lo define como “matar a alguien con
premeditación, alevosía, etc.” Es evidente que en el caso de legítima
defensa, nunca habrá asesinato.
Y ahora unas preguntas: ¿se comete homicidio cuando se
mata al agresor que, por un quítame allá esas pajas, intenta matar a otra
persona?
¿Se contradice con el “No matarás”? Nosotros estamos a
favor de la legítima defensa, aunque arrastre consigo la muerte del agresor.
Vamos a ver: ¿no hay que conservar la propia vida? ¿No hay, asimismo, que
proteger a la sociedad contra estos agresores?
Sí, ya sabemos aquello de que nadie puede tomarse la
justicia por su mano, pero cuando las instituciones encargadas de esa justicia miran
para otro lado, no le queda al individuo más remedio que actuar de esta forma.
No digamos ya nada si se trata de un violador.
Marco Tulio Cicerón, casi 50 años a. de C., en su “Defensa
de Milón”, decía:
“Si nuestra vida corriera peligro ante las
asechanzas, la violencia y las armas de los ladrones, todo medio de buscar
nuestra salvación se consideraría legítimo”. No se puede ser
más claro.
Y terminamos con unas palabras del juez Enrique
Bacigalupo Zapater, catedrático de Derecho Penal: “el derecho no necesita
ceder ante lo ilícito”.
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