jueves, 4 de julio de 2024

Fuera aforamientos


 

Como ya sabrán, aforamiento es una acción o un efecto de aforar, es decir, otorgar fuero. Esta palabra proviene del latín “forum” que quiere decir “plaza pública” en la que ejercían sus funciones los tribunales.

En la Edad Media fue cuando se adoptó este concepto para designar y elegir privilegios a determinadas personas, incluso a determinados territorios. Eso conduce  a que la ley penal, cuando sea aplicada, puede ser distinta, e incluso diferir, dependiendo de la persona o personas de que se trate. Es decir, la inviolabilidad del jefe del Estado, así como la de los senadores y diputados, hace que los trámites queden condicionados por esta circunstancia.

 Estos sujetos aforados tienen el “derecho” a ser juzgados por un tribunal diferente, es decir, por el TS o por el TSJ. Este es el fuero, o sea, un privilegio que tienen dichos sujetos ante la comisión de cualquier delito, aunque no tenga nada que ver con el ejercicio del cargo que ostentan.

 Por otra parte, y dada la circunstancia de la importancia de los cargos que tienen, el enjuiciamiento pude ser completamente distinto al empleado contra una persona cualquiera, debido a las influencias, amistades, enchufes, presiones, perros fieles, lameculos y demás que aparecerán por doquier.

 A nuestro modesto entender, habría que dictar leyes, normas o reglamentos (quizá estos últimos surtiesen más efectos, según Romanones), para que las instituciones, empezando por la jefatura del Estado, la Justicia, etc, etc, no nos diesen esas noticias desagradables, por no emplear otro calificativo más contundente, que estamos observando últimamente. Ustedes ya nos entienden.

 En fin, creemos que habría que terminar de una vez por todas con esos privilegios de carácter procesal-penal que tienen estas personas.



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