viernes, 13 de enero de 2023

El IBI de las iglesias ( I )


 

El odio que tienen los “internacionalistas” a la “Multinacional de Dios”, es proverbial, debido al panel ideológico, al que hay que mirar siempre para que el “pueblo soberano” caiga en la ignorancia y en la mala fe.

La Iglesia Católica española carece de gracias, privilegios y exenciones, estando sometida al régimen general fiscal al igual que entes, corporaciones, asociaciones, entidades, etc, que no son de carácter lucrativo.

La Ley de Mecenazgo, aprobada en diciembre de 2002, como pueden ver en la imagen, regula el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de organismos, instituciones, asociaciones, corporaciones, fundaciones, patronatos, sociedades, etc, etc, que son consideradas provechosas y beneficiosas para la sociedad. Por este motivo, son estimuladas e incentivadas por el Estado para que puedan continuar haciendo sus labores.

En resumen: la “Multinacional de Dios” no es la única entidad que no paga el mentado IBI, como tampoco lo pagan las federaciones deportivas, los lugares y centros de partidos políticos, los sindicatos, las asociaciones y comunidades de musulmanes, etc, etc.

Dicho lo anterior, vamos a dedicar unas entregas al tema del IBI de las iglesias, no de la Iglesia.

Los de la internacional de la mentira, del odio y del terror, cuando llega el período de hacer la declaración del IRPF, se ponen catatónicos por aquello de marcar con una equis la casilla para ayuda a la Iglesia Católica, sacando a relucir el asunto del IBI y de los “privilegios” fiscales de la citada Iglesia.  Por mala fe omiten una serie de datos. Veamos.     

Como ya saben, el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) es un impuesto municipal por el que se grava el valor de los bienes inmuebles, ya sean rústicos o urbanos, que están en régimen de propiedad.

Como recordarán, en el año 1979 se firmó un acuerdo entre el Estado y la Iglesia Católica para eximir del pago a un conjunto de bienes, tales como templos, seminarios, residencias de religiosos, etc. El resto de bienes tienen que pagar el impuesto.

Estas exenciones de pago fueron concedidas también A TODAS LAS CONFESIONES RELIGIOSAS, ya sean iglesias protestantes, de comunidad de judíos o  ISLÁMICAS. Por tanto, hablar de “privilegios”  sin aludir al resto de religiones, es sencillamente canallesco.

Posteriormente, en el año 2002, con lo que se llamó Ley de Mecenazgo, cambió el régimen fiscal del IBI. Es decir, desde entonces todas las fundaciones (en las que se incluyen partidos políticos y sindicatos) y asociaciones de utilidad pública, “oneges”, federaciones deportivas,  y confesiones religiosas, tienen los mismos beneficios fiscales en lo que al IBI se refiere.

Tenemos ganas de ver a alguno de esos de la internacional de la mentira, del odio y del terror, ayudando en un hospital, o cuidando enfermos, por ejemplo. Por otra parte, estos de la internacional, tan demócratas ellos, ¿por qué no respetan a los millones de españoles que marcamos con la equis la ayuda a la Iglesia Católica? Pero, claro, oiga, lo que importa es la devastación cultural, ética, moral y espiritual.

Y para terminar decir a estos “internacionalistas”, como diría un pedante marxista infumable, que echen un vistazo a la “Memoria Anual de Actividades” que elabora la Conferencia Episcopal desde 2007, en donde se ve en qué se emplean las cantidades de dinero que se asignan a la Iglesia Católica en la Declaración de la Renta. Esto lo tenían que hacer otras “instituciones”. Ustedes ya nos entienden.

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Desmontando mitos

Continuará.




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